dimecres, 3 de febrer del 2016

Cazarabet conversa con... Javier Cervera Gil, autor de "Contra el enemigo de la República… desde la Ley. Detener, juzgar y encarcelar en guerra" (Biblioteca Nueva).


http://www.cazarabet.com/conversacon/fichas/fichas1/gilcervera.htm


La Librería de El Sueño Igualitario

Sin título-3.jpg




El quinto libro del investigador e historiador Javier Gil Cervera nos llega gracias a la editorial Biblioteca Nueva.
Aquello que nos cuenta la editorial Biblioteca Nueva:
El estudio de la retaguardia en la Guerra Civil española es muy relevante porque es un ámbito clave para comprender las razones de su desenlace final. El golpe de Estado de julio de 1936 provocó el desmoronamiento del Estado republicano y en la parte de la España leal, el poder se instaló en la calle lo que generó un período de enorme violencia política. Esta obra analiza los esfuerzos del Estado republicano por recuperar el monopolio de esa violencia política en sus tres fases: la detención, el juicio y la condena. En definitiva, se trata de un estudio definitivo acerca de los esfuerzos de la República por reconstruir su credibilidad tras su desmoronamiento en julio de 1936.
Sobre el autor, Javier Gil Cervera:
Doctor en Historia Contemporánea y en Ciencias de la Información y profesor titular de Historia en la Universidad Francisco de Vitoria es especialista en Historia de España y de Europa del siglo XX, y en Historia de la comunicación contemporánea. Ha publicado numerosos libros sobre estos contenidos, así como artículos de carácter científico en prestigiosas revistas. Es conferenciante y ponente en congresos internacionales en España y en el extranjero.





Cazarabet conversa con Javier Gil Cervera:
Javier-Cervera-Gil-e1421681780232.jpg-Javier, el Estado Español antes de la II República atravesó algunos años de verdadera inseguridad pública, casi delirio. ¿Qué nos puedes comentar?
-Hablamos de la época de la Dictadura y del extraño periodo entre la caída de esta y el 14 de abril de 1931. Se trata sobre todo de alteraciones del orden público de raíz u origen social. Es cierto que la primera parte de la Dictadura, hasta 1926, fue un periodo de desacostumbrada tranquilidad en el orden público si lo comparamos al primer cuarto de siglo anterior. La Dictadura, en parte por la propia coyuntura económica europea (los llamados “Felices años veinte”) que mejoró la situación económica y por ello mejoró la situación social, y, en parte, por el fuerte control/represión de las autoridades a través de una política “de mano dura” con respecto al orden público, especialmente por la represión al movimiento obrero (CNT y PCE), mantuvo cierta paz social (desde luego, una tranquilidad muy superior a la de los años anteriores). Pero esto no se debió a una sustancial mejora de la situación de los sectores más desfavorecidos, en especial, en el campo. Hubo otros factores como, de hecho, que la Dictadura desmanteló la CNT en los primeros meses del Régimen. Por ello, la tranquilidad fue producto, más bien del férreo control gubernativo que –no olvidemos- había suspendido la Constitución y por tanto los derechos que esta reconocía y que además tenía uno de sus apoyos en los terratenientes e industriales a los cuales, lógicamente, el régimen “cuidaba”. Por otro lado, la Dictadura por una serie de circunstancias favorables (sobre todo la coincidencia de intereses con Francia), mediante la operación de la Bahía de Alhucemas había puesto solución a la terrible Guerra de Marruecos que, no lo olvidemos, era un conflicto tremendamente antisocial porque las familias corrientes, especialmente de capas populares, veían morir a sus hijos en el Norte de África y no entendían por qué (aparte de que era muy difícil explicar el sentido de aquella guerra). Este éxito de la Dictadura le trajo a Primo de Rivera mucha popularidad y, por qué no decirlo, cierto apoyo de esas capas populares que vieron que sus hijos iban a dejar de ir a la guerra y muchos no volver y contribuyó a cierta pacificación social. Pero a partir de 1927 la situación del dictador comenzó a deteriorarse y en buena parte fue también por el conflicto social: el intento de implantar un modelo de resolución de conflictos sociales parecido al del fascismo italiano, Organización Corporativa del Trabajo, fue un fracaso. Intentaba constituir una especie de sindicato que trataba de arbitrar entre patrones y obreros, mediante los comités paritarios, pero gestionado por el Estado; sin embargo, como patrones y terratenientes eran uno de los apoyos fundamentales del Régimen estos exigían condiciones que no eran favorables para trabajadores y campesinos con lo cual los acuerdos y soluciones no eran ecuánimes ni paritarios, y esas obreros y campesinos volvían a movilizarse y a alterar el orden público. De hecho, apenas hubo comités paritarios en el campo porque los terratenientes se negaron. A ello se unió el impacto del Crack de la bolsa de Nueva York, en 1929. A partir de ese momento los problemas económicos se extendieron con rapidez y se incrementó el descontento social y volvió la época de las huelgas y agitación social que se agregó a la creciente oposición a la Dictadura, incluso de los sectores políticos que en 1923 la habían apoyado como el PSOE. Tampoco ayudó a la mejora de la situación la medida de devaluar la peseta. Y, es verdad, que a partir de 1929 se incrementa la inestabilidad y la inseguridad porque ese aumento de los sectores opositores a la Dictadura se traduce en movimientos militares localizados que fracasan, huelgas de trabajadores, protestas de estudiantes universitarios (se llega a clausurar la Universidad Central y temporalmente otras)… Como consecuencia de ello, en ese último año de la Dictadura se incrementa cada vez más el número de detenidos.
Y en enero de 1930 Primo de Rivera dimitió y se dio paso a un periodo de casi 14 meses de progresivo deterioro de la situación política y, por ende, también del orden público que añadía a su componente social el rechazo a la Monarquía y a todo lo que esta representaba en la idea de que la eliminación de la Monarquía significativa la llegada de una República que arreglaría todos los problemas sociales. Porque ese último año largo de la Monarquía prolongó el clima de inestabilidad política y social del último año de Primo de Rivera con el añadido de una conspiración republicana en marcha.
javier-cerevra.jpg-Llega la II República y cómo es entonces, cómo se encuentra el estado de la seguridad ciudadana y el orden público…
-Como es conocido el 14 de abril es una jornada de júbilo, pero no olvidemos que fundamentalmente en el medio urbano, porque es en las ciudades donde se pide y se proclama la República, porque es en la ciudades donde se encuentran los centros de poder político. Pero no olvidemos que la España de 1931 es mayoritariamente rural y la inmensa mayor parte de la población vive y trabaja en el campo y sobre todo como jornaleros, no propietarios, por tanto. Y en el campo no se proclama la República porque allí no están esos centros de poder. Pero en el campo sí se recibe la República con esperanza, como promesa de grandes reformas sociales que mejoren la injusta realidad campesina. Y el 14 de abril en sí mismo es una alteración del orden público, pero que no se agravó porque ni el Rey ni sus partidarios se plantearon enrocarse en el poder a costa de todo. Pero, claro, la República tenía por delante muchos retos y uno de ellos muy relacionado con el orden público: acabar con la injusticia social en el campo. Aquella llamada “República de las ilusiones” de los primeros meses, realmente duró poco. Tanto porque los sectores conservadores, presumiblemente antirrepublicanos, como por la izquierda presumiblementeprorrepublicana (aunque ambas cosas requerirían matizaciones que ahora no ha lugar) reaccionaron y alteraron la paz y la seguridad. No olvidemos que el 11 de mayo de 1931, antes de cumplirse el primer mes de la República, se produjeron los gravísimos ataques a las iglesias y conventos, ante los que el gobierno provisional no reaccionó con la contundencia debida, precisamente por temor a enrarecer el clima de violencia. Por otra parte, en la izquierda se exigen cambios y reformas rápidos y es tal la impaciencia que ya en 1931 encontramos graves conflictos sociales en Zaragoza, Daroca, Calatayud, en Aragón, o Bétera en Valencia, y que se repiten en estas zonas incrementados en 1932 o 1933 y a ellos se añaden en las provincias de Logroño, León, Orense, Cádiz… Y luego llegaría la Reforma Agraria del Gobierno Azaña pero fue un fracaso y así lo percibió el campesinado. De esta manera, esa reforma se volvió contra las intenciones que había albergado: se prometió que el problema de la injusticia en el campo se solucionaría y cuando los que iban a beneficiarse de ello constataron que el IRA fracasaba en su trabajo o su misión, su enfado se incrementó, su desapego o desilusión hacia la República se incrementó, se recrudecieron los conflictos sociales, reprimidos con contundencia por la guardia civil lo que, a su vez, generaba en esos campesinos la sensación de que nada había cambiado con el advenimiento de la República porque seguían siendo objeto de represión por los mismos, y se sintieron desengañados y dispuestos a cualquier movimiento insurreccional. La mayor movilización de estos la encauzaban los anarquistas que eran partidarios de la acción directa y la revolución social, lo que se traducía en violencia y consiguiente represión que, a su vez, alimentaba los ánimos insurreccionales. Por tanto, en ese primer bienio de la República la seguridad y el orden público, especialmente debido a la movilización del campo, no mejora.
-Durante los primeros años de la II República y hasta el Bienio Negro ¿Cómo se organiza el orden público?
-Por tanto, el Bienio Azañista no conseguiría solucionar el problema de orden público y, de nuevo por razones de raíz social. Es indudable la voluntad gubernamental de alcanzar la paz social y dar respuesta a los sectores sociales que, en la fenecida Monarquía, más habían sufrido injusticia y más se habían significado en la alteración del orden público, debido a esas penurias que sufrían.
Así, desde el Ministerio de Trabajo, el socialista Largo Caballero aprobaba la Ley de Contratos de Trabajo (1931), por la que se regulaban los convenios colectivos o la Ley de Jurados Mixtos (1931) que intentaba reglamentar de forma más justa las relaciones laborales y dar más peso a los sindicatos en las negociaciones y seguridad a los trabajadores. Además Largo Caballero impulsó los seguros sociales en relación con el retiro obrero y los accidentes de trabajo. Con todo ello, el gobierno confiaba en que seredujera el número de huelgas y hubiera cierta paz social. Pero no llegó la paz social y no mejoró el orden público, incluso cabe pensar que empeoró: Durante el Bienio de la izquierda se incrementaron los paros laborales y los incidentes violentos que generaban graves alteraciones del orden público. Entre el inicio y el final de este bienio se multiplicaron casi por cuatro el número de huelgas y de huelguistas, conflictos laborales que se incrementan a partir del invierno de 1932-1933 (en la construcción y la agricultura, especialmente). La consecuencia de ello es la desilusión, la decepción o la frustración de amplios sectores de la clase obrera que entendía como escasos los avances en las condiciones de vida. Esto, por su parte, además, incrementaría esos conflictos laborales y, por consiguiente, el desorden público.
Y las razones de ello, como vemos sobre todo de origen social, se debe, en primer lugar a los efectos de la crisis económica de 1929 que azota con dureza los primeros años de la República. Esta depresión afectó al sector de la construcción y a la pequeña industria (en especial vinculada al ladrillo); entre otras cosas se paralizaron las muchas obras públicas que la Dictadura había puesto en marcha y que tanto empleo habían proporcionado. Por tanto, en las ciudades creció el desempleo, muchos volvieron al campo donde creció el empleo de baja calidad  o precario (si es que se conseguía uno) por efecto del incremento de la mano de obra. Y a pesar de las reformas de largo Caballero, la inseguridad en el empleo era una realidad. Y como además las esperadas reformas en el campo no produjeron los efectos positivos esperados, el Gobierno se encontró con el enfrentamiento de la CNT que se negaría a utilizar los mecanismos oficiales de conciliación, que para ellos no era más que una prolongación del corporativismo de la Dictadura de Primo de Rivera. Por lo cual los anarquistas continuaron con sus movilizaciones, a veces muy violentas, en el campo, y la frecuente convocatoria de huelgas, muchas veces por razones puramente políticas.
Y los gobiernos del Bienio colocaron en los militares el peso principal del control del orden público. Por consiguiente, la Guardia Civil continuó siendo un cuerpo militar y era el elemento fundamental en el mantenimiento del orden público en una España que, no lo olvidemos, era mayoritariamente rural. Y la gente del campo seguía viendo en la benemérita el instrumento represor del poder. El único cambio fue, después del Golpe de Sanjurjo, en agosto de 1932, que se suprimió la Dirección General de la Guardia Civil y la Benemérita pasó a estar bajo el control del Ministerio de la Gobernación donde se encuadró la nueva Inspección General del Cuerpo. Lo cual no significó que cambiara la condición del mando supremo de la guardia civil que continuó siendo un militar. Pero el Gobierno creó un nuevo cuerpo de seguridad, la Guardia de asalto en febrero de 1932 con la misión específica de hacer frente a los desórdenes públicos por medios menos contundentes, menos expeditivos y por tanto que causaran menos derramamiento de sangre. Es decir, buscar medios de disuasión distintos al arma de fuego o al sable, únicos instrumentos de la guardia civil para restablecer el orden público.
La Guardia de Asalto actuaría en el medio urbano, especialmente en incidentes a veces muy graves (con muertos) derivados de la gran implicación ideológica o partidaria. En la mayor parte de las ocasiones los protagonistas eran jóvenes, muchos universitarios, que se enfrentaban en las calles cuando se encontraban con grupos de ideologías contrarias, casi podríamos decir que enemigas. No eran extraños tiroteos a la salida de mítines, enfrentamientos en concentraciones o desfiles de grupos políticos juveniles, disputas callejeras, movilizaciones estudiantiles…
Pero en el campo el protagonismo en el mantenimiento del orden público era de la Guardia Civil. Esto significa que, en el ámbito donde más incendio social había actuaba el cuerpo más contundente, más duro y, por consiguiente, la acción-reacción era más fácil. Tal circunstancia se pudo constatar en  los sucesos de Castilblanco de diciembre de 1931 donde al linchamiento de unos guardias civiles se siguió de otro episodio que parecía más bien una venganza de la benemérita días después en Zalamea de la Serena. Luego vendrían otros episodios de extrema violencia entre guardia civil y campesinos jornaleros en localidades de Aragón, Valencia o la brutal represión de obreros en Arnedo(La Rioja) cuando la Guardia Civil disparó indiscriminadamente ante una multitud que protestaba en enero de 1932. Luego vendría la tragedia de Casas Viejas… Es decir, los métodos de control del orden público no se habían modernizado o suavizado con la llegada de la República en general, ni con la llegada de un gobierno de izquierdas en el primer Bienio, en particular. Y esto supuso una gran decepción para amplios sectores de las capas populares de España.
hqdefault.jpg-Pero  y cuando llega  el Bienio Negro… ¿qué cambios imprimen en  la “ordenación pública?
-La llegada del Bienio Radical-Cedista (no me parece apropiado desde el rigor histórico el calificativo de “negro” para un gobierno que alcanzó el poder de la misma forma legal como el que le antecedió) no iba a cambiar las cosas en el sentido de ser más comprensivo con las posiciones de reivindicaciones sociales, en forma de conflicto, de los sectores que, principalmente, alteraban el orden público en demanda de esa Justicia. Sino más bien al contrario. De hecho, un dato significativo es que el Consejo de Guerra que al poco de llegar la derecha al poder, a comienzos de 1934, juzgó al teniente de la Guardia Civil responsable, por dar la orden de disparar, de la tragedia de Arnedo absolvió a este oficial del delito de homicidio y lesiones por imprudencia temeraria por falta de pruebas, al igual que a los guardias civiles a sus órdenes.
Y ya desde el comienzo del Bienio se observaba que las cosas no iban a mejorar para esos sectores más populares. El día que se abrían las nuevas Cortes, el 8 de diciembre de 1933, el Gobernador Civil de Zaragoza cerraba los locales de CNT y ordenaba desplegar las fuerzas de orden público por la ciudad. La consecuencia fueron tiroteos y enfrentamientos los días siguientes, y huelgas. Se llegaría a declarar el estado de guerra en la ciudad maña con lo que intervino el ejército, los guardias de asalto conducían tranvías y hubo detenciones del Comité Revolucionario organizado (Durruti entre ellos). Pero ese movimiento insurreccional (llamado a veces “la Revolución de Diciembre”) se extendería por Aragón, por La Rioja, puntos de Andalucía, Cataluña, la cuenca minera leonesa… y la respuesta fue siempre una dura represión… Y el Gobierno radical cedista aún no había comenzado a actuar realmente.
Fueron siete días de movimiento anarquista que causaron cerca de un centenar de muertos, en su mayoría anarquistas insurrectos, y a ellos se le aplicó la Ley de Orden Público que había sido aprobada por la izquierda, pero que permitía mucha dureza en la represión
Y en principio, es probable que Lerroux pretendiera simplemente una rectificación parcial de las reformas aplicadas por el gobierno de Azaña, pero la CEDA, que era el partido mayoritario que sostenía ese Gobierno no estaba dispuesto a tolerarlo; exigía un giro completo de la política del Bienio anterior, y ello fue el primer motivo de tensión en la coalición gubernamental.
De hecho, esto provocó la primera crisis de gobierno con la salida de Diego Martínez Barrio, (en desacuerdo con Lerroux por ceder ante la CEDA) y entre los ministerios que cambiaron fue el de Gobernación donde entró Rafael Salazar Alonso que incrementó la dureza en las actuaciones de las fuerzas de orden público, porque el nuevo ministro consideraba que la huelga era un “movimiento revolucionario” y que la recogida de las cosechas era un asunto de “interés nacional” por lo que consideraba que debía dar instrucciones para que se impidiera la actuación de las organizaciones campesinas que trataran de impedir esa labor agrícola. Por consiguiente cuando se produjeron huelgas o movilizaciones campesinas en esta etapa, se produjeron probablemente las mayores represiones por causa de desorden público de toda la República. Los enfrentamientos entre huelguistas y las fuerzas de orden público fueron muy graves y causaron numerosos muertos y heridos.
-Una cosa era intentar establecer el mayor grado de orden público en la calle durante la II República y otra es elaborar leyes para juzgar a las personas: ¿cómo fueron los principales cambios que experimentaron las leyes que intentaban paliar la violencia pública?
-La principal es sin duda la Ley de Orden Público de 1933 que fue aprobada el 28 de julio de 1933 que para sustituir (aunque no la derogó de hecho) la Ley para la Defensa de la República de 1931 que se consideraba una ley de excepción para proteger al régimen en sus inicios. El primero que utilizó mucho esta nueva Ley de OP fue el gobierno de Azaña y era una norma que preveía la suspensión de las garantías constitucionales
Curiosamente la Ley la elaboró Oriol Anguera de Sojo por encargo de Azaña pero quien, después, sería ministro del Gobierno radical-cedista. La ley copiaba cosas de un anteproyecto de Ley de época de la Dictadura que preveía los tres tipos de estados de excepción: prevención, alarma y guerra.
Gracias a esta Ley el Gobierno podía suspender las garantías constitucionales sin contar con las Cortes estableciendo cualquiera de esos tres tipos de estados graduales.
El de prevención reducía por dos meses la libre circulación de los ciudadanos, permitía  intervenir en las industrias y comercios para evitar alteraciones de orden público, obligaba a presentar las publicaciones previamente y preveía vigilancia sobre reuniones y asociaciones.
Si el estado era de alarma, las autoridades podrían practicar registros de domicilios, detenciones preventivas, imponer penas de destierro u obligar al cambio de residencia, prohibir actos públicos o disolver asociaciones que considerara peligrosas. Suponía un estado de suspensión absoluta de garantías.
Y el estado de guerra, únicamente añadía que los poderes de la autoridad civil se sometían al mando de la autoridad militar.
El primero que empleó la Ley de OP fue el Gobierno Azaña que ya el 18 de agosto de 1933 declara el estado de prevención en Sevilla y ello duraría dos meses.
Pero quienes realmente hicieron uso sistemático de esta Ley fueron los gobiernos radical-cedistas. De hecho, se puede decir que el estado de excepción perdió su carácter, porque casi pasó a ser una regla durante el bienio gobernado por el centro-derecha. La excepción fue, más bien, cuando no hubo estado de excepción. Y no pocas veces también estuvo declarado el estado de alarma, e incluso el de Guerra.
Durante los seis meses de gobierno del Frente Popular en 1936 tampoco se volvió a la normalidad porque el 17 de febrero el Gobierno de Portela Valladares declaró el estado de alarma y cada mes fue prorrogado por los gobiernos del Frente Popular aunque en su programa habían prometido el restablecimiento de las garantías constitucionales y la revisión de la Ley de Orden Público, cosa que no hicieron.
-Porque cuando entró la II República ¿en qué situación judicial se encontraba todo lo referente a juzgar el orden público?
-Cuando se proclama la República estaba en vigor la Ley de Orden Público de 1870 que establecía para el caso de estado de guerra, el juicio por Consejos de Guerra, pero constituidos por militares, sí, pero también por civiles. Y este esquema lo repitió el anteproyecto de Ley en la Dictadura de Primo de Rivera en 1929 que no llegó a aplicarse. La Constitución de la II República preveía en su artículo 105 que se constituyeran mediante una ley unos “tribunales de urgencia” para hacer efectivo el derecho de amparo de las garantías individuales, es decir, para atender el orden público. Pero nunca llegaron a existir esos tribunales. Y durante los dos primeros años de la II República, los asuntos de orden público en el plano judicial serían competencia de los tribunales ordinarios. Pero a los dos años, en julio de 1933, la mencionada Ley de Orden Público recogió que cuando se estableciera el estado de prevención o el de alarma los delitos contra el orden público no los juzgarían los tribunales ordinarios sino que se preveía, ahora sí, la constitución de unos “tribunales de urgencia” y que integrarían magistrados de la Audiencia y la tramitación de los sumarios sería rápida. Y en el caso de estado de guerra, las escasas veces que se declaró, los acusados serían juzgados por duros Consejos de Guerra que estaban integrados únicamente por militares. En suma, la aplicación de la Justicia en caso de estado de guerra en la II República era más militarista y con menos garantías de las que ofrecía la Ley de la Monarquía. Los tribunales de urgencia apenas funcionaron en la etapa republicana y sus resoluciones podían ser recurridas ante el Tribunal de Garantías Constitucionales, pero se presentaron muy pocos recursos. Era manifiesta su ineficacia.
Javier-Cervera-Gil.jpg-El Bienio Negro imprimió su propia huella… ¿qué nos puedes comentar?
-(Ya lo he comentado anteriormente) Y añado: Durante el Bienio Radical-Cedista ni en el terreno normativo ni el judicial los gobiernos impusieron su huella, aplicaron lo que ya existía y que procedía de la etapa de gobierno de la izquierda. Su huella –como ya se ha comentado antes- quedó marcada en la actuación de las fuerzas de orden público que sí fue mucho más severa, sobre todo por la actuación del titular de Gobernación, Salazar Alonso.
-Otro punto que investigas en el libro y del que hablas es el del sistema penitenciario en la II República… ¿cómo era?
-Probablemente el momento en que se acometieron mayor cantidad de reformas en el sistema penitenciario fue al comienzo de la II República, porque los nuevos gobernantes de España consideraban que era un terreno que exigía reformas urgentes. Y la designada para llevarlo a cabo fue, como primera Directora General de Prisiones, Victoria Kent. Esta mujer sólo estuvo en dicho cargo hasta junio de 1932 (ni siquiera completó un año) pero acometió grandes reformas encaminadas la mayoría de ellas a beneficiar las condiciones de los reos en las cárceles y las condiciones de trabajo del personal de prisiones. La concepción de Kent sobre el sistema penitenciario (influenciada sobre el pensamiento correccionalista de Concepción Arenal) consideraba al delincuente como un enfermo y se concibió la pena impuesta al preso como un tratamiento que debía corregir su conducta. No obstante, también es cierto que Victoria Kent se encontró como la principal dificultad la escasez del presupuesto para acometer las reformas que proyectaba. Y esta mujer abandonó y después de ella, los ocho directores generales que ocuparon el cargo hasta julio de 1936 variaron totalmente la orientación de su predecesora y  los cambios que introdujeron en el sistema penitenciario se centraron en cuestiones de seguridad o de disciplina en las prisiones y que, no pocas veces, se orientaba hacia el retorno a una concepción punitivo-segregativa del castigo en las prisiones. En suma, las condiciones de vida y de encarcelamiento de los presos cuando llega julio de 1936 habían perdido el efecto, siempre en signo muy avanzado y en el sentido de mejorar la vida de los internos, de las reformas hasta junio de 1932 de Victoria Kent. No obstante, si lo comparamos con la situación de las prisiones en abril de 1931, la II República sí había contribuido a mejorar la situación de las cárceles, a mejorar las condiciones en las que los delincuentes cumplían sus penas. No se mantuvieron mucho las mejoras de Victoria Kent, pero sí dejaron huella y en 1932 no fue posible regresar a la pésima, lamentable (algunos han calificado como dantesca) situación de las cárceles antes de abril de 1931.
-¿Cómo se lo encontraron?-Recuerdo que fueron tiempos de mucha masificación….Coméntanos.
-Cuando se hizo cargo del gobierno el Frente Popular, las cárceles sí estaban bastante concurridas o masificadas. El motivo era la represión de los sucesos de octubre de 1934 y, desde antes, las constantes revueltas anarquistas que ya han sido comentadas en las preguntas anteriores. La represión de la Revolución de octubre de 1934 implicó el encarcelamiento de los cabecillas/líderes y militantes activos que se alzaron en la revolución contra el estado establecido y que, lógicamente, acabaron en la cárcel. Pero en la campaña electoral previa a las elecciones de febrero del 36 el Frente Popular había hablado de amnistía, con lo cual, una parte de los encarcelados salieron de las prisiones a partir de marzo de 1936. Ciertamente, no todos, porque no se fue tan magnánimo con la mayoría de los anarquistas, ya que muchos no debían su prisión a los sucesos de octubre del 34 sino a actividades insurreccionales anteriores o, menos, posteriores. Así, en julio de 1936 en las cárceles había bastantes anarquistas, algunos auténticos delincuentes comunes. Pero ciertamente, en los primeros días de la sublevación, allí donde fracasaron los rebeldes, muchos de estos presos si no casi todos, salieron de las cárceles y volvieron a su actividad revolucionaria los primeros meses de la guerra.
-¿Qué cambios hubiese querido imprimir el Frente Popular en la gestión del sistema penitenciario del Estado Español y se fueron frustrando…?
-Sinceramente, creo que no le dio tiempo a hacer nada antes de julio de 1936. La situación de inestabilidad, violencia social y política y con la conspiración en marcha no facilitaban las cosas para acometer esos cambios y reformas. Y el Frente Popular se vio obligado a acometer esas reformas y cambios pero ya en la situación de guerra después de julio de 1936, que lo primero que provoca es una masificación nunca experimentada antes de las cárceles y, en virtud de ello, también de edificios que hubo necesidad de habilitar como prisiones cuando en su origen no lo eran (colegios de religiosos, conventos…). Por otro lado, la transformación de la zona leal al gobierno en un ambiente de revolución como consecuencia del golpe de estado de julio de 1936, como se analiza en el libro, obliga a acometer principalmente a partir del gobierno de Largo Caballero en septiembre de 1936, reformas en ese sentido, también en el terreno penitenciario. Y el principal cambio sería la creación de los Campos de Trabajo como se explica en el libro.




Sin título-3.jpg20232
Contra el enemigo de la República… desde la Ley. Detener, juzgar y encarcelar en guerra. Javier Cervera Gil
240 páginas        13,5 x 21 cms.
16,00 euros
Biblioteca Nueva


Novedoso estudio sobre la vida y situación en las retaguardias de ambos bandos durante la Guerra Civil española. El estudio de la retaguardia en la Guerra Civil española es muy relevante porque es un ámbito clave para comprender las razones de su desenlace final. El golpe de Estado de julio de 1936 provocó el desmoronamiento del Estado republicano y en la parte de la España leal, el poder se instaló en la calle lo que generó un período de enorme violencia política. Esta obra analiza los esfuerzos del Estado republicano por recuperar el monopolio de esa violencia política en sus tres fases: la detención, el juicio y la condena. En definitiva, se trata de un estudio definitivo acerca de los esfuerzos de la República por reconstruir su credibilidad tras su desmoronamiento en julio de 1936. Obra de especial interés para todos aquellos interesados en ahondar y desvelar una vertiente aún desconocida y, por lo tanto, inédita de nuestra cruenta Guerra.

Introducción y primeras páginas:
http://www.bibliotecanueva.es/admin/links/contra%20el%20enemigo.pdf


Javier Cervera Gil
Doctor en Historia Contemporánea y en Ciencias de la Información y profesor titular de Historia en la Universidad Francisco de Vitoria es especialista en Historia de España y de Europa del siglo XX, y en Historia de la comunicación contemporánea. Ha publicado numerosos libros sobre estos contenidos, así como artículos de carácter científico en prestigiosas revistas. Es conferenciante y ponente en congresos internacionales en España y en el extranjero.


Índice
ABREVIATURAS ........................................................................................... 11
INTRODUCCIÓN ............................................................................................ 13
AGRADECIMIENTOS ..................................................................................... 17
CAPÍTULO 1.—DETENER: EL MARCO LEGAL DE LA VIOLENCIA POLÍTICA ......... 19
1.1. El orden público antes del 18 de julio de 1936 ......................... 19
1.2. Desorden y ensayos de control: el orden público tras el fracaso
de la sublevación ................................................................... 23
1.3. Las formas de organización. ...................................................... 29
1.4. Sin gobierno en Madrid: Santiago Carrillo reorganiza la acción
gubernativa ................................................................................ 40
1.5. La institucionalización de las milicias ...................................... 51
1.6. La regulación legal de la represión ........................................... 61
1.7. Normalización del orden público desde 1937 .......................... 75
1.7.1. El nuevo Cuerpo de Seguridad ...................................... 77
1.7.2. La República reconstruida recupera el monopolio de la
represión ........................................................................ 92
1.7.3. Modos específi cos de perseguir a los enemigos de la
República ....................................................................... 103
CAPÍTULO 2.—JUZGAR: DE LA «JUSTICIA DEL PUEBLO» A LA JUSTICIA POPULAR 113
2.1. El organigrama judicial de la Segunda República .................... 113
2.2. La situación de la Justicia ordinaria ......................................... 123
2.3. Una nueva Justicia... de excepción ........................................... 126
2.4. La normalización de esa excepción: la Justicia popular .......... 150
2.5. Más novedad judicial: los Tribunales de Espionaje y Alta Traición
............................................................................................ 175
2.6. 1938: las últimas reformas ........................................................ 186
CAPÍTULO 3.—... Y ENCARCELAR: EL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA REPÚBLICA
EN GUERRA ...................................................................................... 197
3.1. La organización y funcionamiento de las cárceles en la República
........................................................................................... 198
8 ÍNDICE
3.2. La Guerra llega a la cárcel: la masificación y sus circunstancias . 206
3.3. Un intento de «reeducación»: los campos de trabajo ............... 214
3.4. 1938: la inviabilidad de los campos de trabajo ......................... 219
EPÍLOGO .................................................................................................... 223
FUENTES .................................................................................................... 233
Fuentes documentales. Archivos ....................................................... 233
Fuentes orales .................................................................................... 234
Fuentes hemerográficas ..................................................................... 234
Fuente videográfica ........................................................................... 235
Bibliografía consultada ..................................................................... 235

_____________________________________________________________________
LA LIBRERÍA DE CAZARABET - CASA SORO (Turismo cultural)
c/ Santa Lucía, 53
44564 - Mas de las Matas (Teruel)
Tlfs. 978849970 - 686110069