diumenge, 3 de maig del 2015

Comunicado del Alto Comisionado de DDHH de la ONU: “España debe extraditar o juzgar a los responsables de violaciones graves de DD HH – Expertos de la ONU


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“España debe extraditar o juzgar a los responsables de violaciones 
graves de DD HH – Expertos de la ONU 


GINEBRA (27 de marzo de 2015) – Un grupo de expertos en derechos
humanos de las Naciones Unidas alertaron hoy que el Estado español está
obligado a extraditar a los responsables de violaciones graves de los
derechos humanos, mientras no se tomen medidas para garantizar el acceso
a la justicia y el derecho a la verdad de las víctimas ante las instancias
legales españolas.


La declaración de los expertos internacionales se produce a raíz de la
decisión del Consejo de Ministros de España de no extraditar a 17
ciudadanos españoles acusados por la justicia argentina de violaciones
graves de los derechos humanos cometidas durante el régimen franquista,
incluidos varios ex ministros.


“La denegación de la extradición deja en profundo desamparo a las víctimas
y a sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad”, indicaron
los expertos de la ONU que han mantenido comunicación con el gobierno
español en relación con las extradiciones ordenadas en octubre de 2014, en
el marco de la llamada ‘querella argentina’, en la que se investigan
fusilamientos, torturas, robo de bebés y otros delitos.


La justicia argentina estableció que los delitos que investiga constituyen
crímenes de lesa humanidad y pide poder juzgar a los responsables, bajo el
principio de jurisdicción universal.


“Reconocemos que cabe entre las competencias del Estado español la
posibilidad de denegar esta solicitud de extradición”, dijeron. “Pero si no
extradita, el Estado tiene la obligación de garantizar, ante las jurisdicciones
nacionales, el acceso a la justica para las víctimas de violaciones graves de
los derechos humanos y el derecho a la verdad”.


Los expertos independientes recalcaron que los argumentos preliminares
presentados por el Consejo de Ministros “carecen de base, pues parecen
ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los
derechos humanos”.


“En particular, el Estado español no puede escudarse en los principios de
prescripción y extinción de la responsabilidad penal para no extraditar, o
juzgar, a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos”,
señalaron. “La tortura, las ejecuciones sumarias y la desaparición forzada
pueden constituir crímenes de lesa humanidad”.


El derecho internacional es muy enfático, acentuaron los expertos de la ONU:
“Los crímenes de lesa humanidad y los delitos de tortura son
imprescriptibles, es decir que no ‘vence’ la obligación del Estado de
investigar y sancionar a los responsables”.



“Asimismo, la desaparición forzada es un delito continuado y una
vulneración permanente de los derechos humanos. La obligación de


investigar perdura hasta que se esclarezca la suerte y paradero de la
persona”, aclararon.


El Gobierno también invocó los principios de jurisdicción preferente y de no
doble incriminación. Sin embargo, los expertos de la ONU explicaron que
estos principios no se aplican en estos casos, ya que a la fecha - más de 40
años después de los hechos - no se han iniciado en España investigaciones
sobre estos delitos, que incluyen tortura, desapariciones o ejecuciones
cometidas durante el franquismo.


(*) Los expertos: Ariel Dulitzky, presidente del Grupo de Trabajo sobre las desapariciones
forzadas o involuntarias; Christof Heyns, Relator Especial sobre las ejecuciones
extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Pablo de Greiff, Relator Especial
sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.


ENDS
Los Relatores Especiales y Grupos de Trabajo forman parte de los ‘Procedimientos
Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los
Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos
por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o
a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales
trabajan de manera voluntaria; no son persona l de la ONU y no perciben un salario por su
labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.
Visite:

http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/SP/Pages/Welcomepage.aspx
ONU Derechos Humanos – España:

http://www.ohchr.org/SP/Countries/ENACARegion/Pages/ESIndex.aspx
Para mayor información sobre las observaciones de los expertos, vea:
Informe sobre España del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la
reparación y las garantías de no repetición (A/HRC/27/56/Add.1) - 22/07/2014:
http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/27/56/Add.1


Informe sobre España del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o
Involuntarias (A/HRC/27/49/Add.1) – 02/07/2014:

http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/27/49/Add.1
Observaciones finales sobre España del Comité contra la Desaparición Forzada
(CED/C/ESP/CO/1) - 12/12/2013:

http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CED/C/ESP/CO/1&Lang=Sp
Observaciones finales sobre España del Comité contra la Tortura (CAT/C/ESP/CO/5) -
09/12/2009:
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CAT/C/ESP/CO/5&Lang=Sp
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