dimarts, 2 d’octubre del 2012

Ordeno y mando.

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Ordeno y mando.

 
Ordeno y Mando:

Artículo 1º: Todo elemento extremista que al darle el grito de VIVA ESPAÑA, no conteste de igual forma, será ejecutado pasado por las armas en el acto.

Artículo 2º: Al presentarse las autoridades a las inmediaciones de sus domicilios y no salga el personal que haya dentro del mismo antes de la llegada de la fuerza con los brazos abiertos en alto gritando VIVA ESPAÑA serán pasados por las armas en el acto.

Artículo 3º: Todo el personal extremista, sin distinción de sexo , que se encuentre dentro de la localidad o en el campo, sin llevar brazalete blanco en el brazo izquierdo y un volante que será entregado en el Ayuntamiento, será pasado por las armas en el acto.

Artículo 4º: Todos los edificios o pisos habitados por elementos extremistas, tendrán durante los días que dure el estado de guerra, y a partir de las ocho de la mañana hasta las siete de la tarde, abiertas las puertas y ventanas, con las cortinas quitadas, para ser vistos por la fuerza, el que no cumpla lo ordenado, se hará fuego sobre el edificio o persona que en el mismo se encuentre mayor de 16 años.

Artículo 5º: En los registros domiciliarios que efectúe el personal a mis órdenes, en los edificios habitados por personal de derechas y encuentre en ella oculto algún elemento extremista, éste será pasado por las armas en el acto, y el dueño del edificio se le aplicará como encubridor lo que marca el Código de Justicia Militar.

Artículo 6º: Todo individuo extremista, cuantas veces salga y entre del campo se presentará en el Ayuntamiento, a su salida para recoger el volante y a su entrada para entregarlo, advirtiendo que aquel que no lo efectúe y se le encuentre en el campo será pasado por las armas.

Artículo 7º: Se advierte al personal de derechas, que si algún individuo se interna en su domicilio violentamente, bien perseguido por la Autoridad o por cualquier otra circunstancia, si no lo pone inmediatamente en conocimiento de las Autoridades, se le aplicará lo que marca el Código de Justicia Militar, como cómplice o encubridor.


Falces, 11 de agosto de 1936.
El Excmo. Sr. Comandante militar de la plaza.
(Extraído de "Navarra 1936. De la Esperanza al Terror")